Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 5

Reforma Ley Electoral (1932) (Electorales, abrogada)· Capítulo Segundo. De las Elecciones

Las elecciones extraordinarias se verificarán los días que fije la convocatoria respectiva del Congreso, pues sin ella no podrán verificarse; o cuando esta corporación lo juzgue necesario si se tratare de elegir Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia o Gobernador Interino.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 4