Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 129

Para los Servidores Públicos (Administrativas, abrogada)· Título Séptimo. DEL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO Y DEL PROCEDIMIENTO ANTE EL MISMO › Capítulo III

El Tribunal tan luego como reciba la contestación de la demanda, o una vez transcurrido el plazo para contestarla, ordenará la práctica de las diligencias y peritos para la audiencia de pruebas, alegatos y resolución.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.