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Capítulo DecimoFACULTAD DE JURISPRUDENCIA

Leyes Orgánicas de la Universidad de Guadalajara (Educación, abrogada) · arts. 70 a 82

Artículos

  • Art. 70Para ingresar a la Facultad de Jurisprudencia, se necesitan los requisitos siguientes: I. Certificado de estudios que acredite…
  • Art. 71Para gastos de Secretaría se cobrará por matrícula $5.00.
  • Art. 72El plan de estudios de la Facultad de Jurisprudencia es el siguiente: PRIMER AÑO Principios Generales y Filosofía del Derecho.…
  • Art. 73El que pretenda obtener el título de Abogado, ocurrirá a la Escuela de Jurisprudencia solicitando examen general o de Academia…
  • Art. 74Para que dicho examen pueda ser concedido se requiere que el solicitante sea mayor de edad, acredite con información de testigos…
  • Art. 75Si en el examen de Academia fuere aprobado el alumno, se presentará al Supremo Tribunal de Justicia acompañado los documentos que…
  • Art. 76El Supremo Tribunal en vista de la solicitud del pretendiente y de los comprobantes respectivos, nombrará una comisión de tres…
  • Art. 77Si el solicitante hubiere sido aprobado, el Tribunal señalará un tema jurídico que el Secretario de Acuerdos entregará al alumno…
  • Art. 78El examen de recepción se verificará por todos los Magistrados con asistencia del Procurador de Justicia, que tendrá voz y voto y…
  • Art. 79Si el pretendiente fuere aprobado, se le expedirá testimonio del acta respectiva y con vista de ella la Universidad le extenderá…
  • Art. 80Los que no fueren aprobados en alguno de los tres exámenes no podrán volver a solicitarlo sino después de seis meses.
  • Art. 81Cuando fuere aprobado el alumno en el examen del Tribunal, se mandará publicar el resultado en el periódico oficial; y, cuando el…
  • Art. 82El Reglamento determinará la forma en que deben llenarse los requisitos de que hablan los artículos precedentes y la distribución…