Los catálogos escalafonarios se elaborarán con base en:
A) La relación oficial de plazas de base proporcionada por las oficinas que manejan administración de personal, conteniendo: nombre completo, categoría, clave, sueldo, número de horas de trabajo a la semana que obliga cada puesto en el caso de maestros de post-primaria. Deberá especificarse la especialidad a que están adscritos;
B) Los documentos entregados por los trabajadores a la Comisión y los que contengan los expedientes de las oficinas que tengan administración de personal; y C) El resultado del estudio de los documentos e informes citados en los casos anteriores, traducido en puntuación escalafonaria, presentada en orden descendente dentro de cada categoría.