Los trabajadores deberán entregar a la Comisión todos los documentos que posean valor escalafonario, los que serán anexados a su expediente personal.
Artículo 51
Leyes de Escalafon (Educación, abrogada)· Título Cuarto. De los procedimientos escalafonarios › Capítulo I. De la integración y consulta de los expedientes
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