La Comisión Mixta de Escalafón integrará de oficio, el expediente personal de cada uno de los trabajadores de base del Departamento de Educación Pública del Estado, mediante: a) La consulta de los expedientes de las Oficinas que manejen la administración de personal; b) Los documentos que cada interesado entregue a la Comisión debidamente confrontados y legalizados; y c) Los documentos que sean entregados directamente a la Comisión por las Autoridades respectivas.
Artículo 50
Leyes de Escalafon (Educación, abrogada)· Título Cuarto. De los procedimientos escalafonarios › Capítulo I. De la integración y consulta de los expedientes
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