Las Subcomisiones Auxiliares de Escalafón se establecerán en cada grupo, según las necesidades del mismo. Se integrarán con un representante del Departamento de Educación y un representante de la Sección 47 del SNTE quienes de común acuerdo designarán un Presidente Árbitro. En caso de desacuerdo la designación la hará el Pleno de la Comisión.
Artículo 36
Leyes de Escalafon (Educación, abrogada)· Título Segundo. De la Comisión Mixta de Escalafón › Capítulo III. I.- De la Asesoría Técnica
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 115