Las madres jefas de familia deberán informar bimestralmente a la Secretaría del Sistema de Asistencia Social, a través de la Secretaría Técnica del Consejo:
I. La aplicación y destino de la ayuda económica mensual;
II. El avance escolar de sus dependientes económicos menores de edad como alumnos regulares, cuando así proceda; y III. Los demás que prevean las disposiciones reglamentarias.
En el caso de las madres jefas de familia que se encuentran privadas de su libertad, el informe respectivo se hará por conducto del área de servicio social del Centro Preventivo y de Readaptación Femenil.