Las entidades responsables de la autorización, ejecución, administración, evaluación y supervisión de los incentivos y apoyos previstos en esta Ley se coordinarán para la mejor prestación de sus servicios, mantendrán comunicación estrecha y permanente con los solicitantes o destinatarios de dichos beneficios y conducirán sus actividades bajo los principios de celeridad y certitud.
La normatividad interior de cada uno de los órganos del Sistema Estatal de Promoción de Inversiones especificará los requisitos, procedimientos y plazos para la tramitación de incentivos y apoyos.