Los poderes del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas y realizarán las acciones necesarias para la mejora continua de la productividad de sus respectivos organismos y llevarán a cabo las acciones necesarias para la eliminación continua de obstáculos a la productividad del sector privado.
El Gobierno del Estado, con la participación de la Secretaría, podrá celebrar convenios de coordinación con los gobiernos municipales para impulsar los diversos programas y planes de productividad contemplados en el presente capítulo.