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Artículo 17

Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco· Capítulo VII. Secretarios y Actuarios

Secretario General de Acuerdos - Atribuciones 1. El Secretario General de Acuerdos tiene las siguientes atribuciones:

I. Elaborar el manual operativo de su área y presentarlo a la Sala Superior para su aprobación;

II. Acordar con el Presidente lo relativo a las sesiones de la Sala Superior;

III. Asistir a las sesiones de la Sala Superior, con derecho a voz;

IV. Redactar las actas de las sesiones de la Sala Superior, recabar las firmas necesarias e incorporarlas al libro correspondiente;

V. Autorizar con su firma los acuerdos y resoluciones de la Sala Superior;

VI. Recibir, autorizar con su firma y, en su caso, remitir o turnar a la autoridad que corresponde, los exhortos de la Sala Superior;

VII. Dar trámite a la correspondencia que reciba o envíe el Tribunal; y VIII. Las demás que establezcan otras disposiciones aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.