1. Corresponde a la Comisión de Participación Ciudadana, Transparencia y Ética en el Servicio Público, el conocimiento, estudio y en su caso dictamen de los asuntos relacionados con:
I. La legislación en materia de participación ciudadana y transparencia;
II. La ética en el servicio público;
III. Los planes, programas, políticas y proyectos en las materias anteriores;
IV. La atención, resolución y respuesta directa de peticiones de particulares, que no sean susceptibles del proceso legislativo; y V. La elección de los integrantes del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco. 2. Las respuestas a las peticiones que no señalen domicilio, correo electrónico u otra forma de contacto con el solicitante, se publican al día siguiente de su emisión en los estrados del Palacio del Poder Legislativo y en la página oficial del Congreso del Estado, cuando menos por cinco días hábiles.