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Artículo 22

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Segundo. PREPARACIÓN, INSTALACIÓN Y CLAUSURA DE LA LEGISLATURA › Capítulo IV. Planeación institucional del Poder Legislativo

1. La Agenda Legislativa tiene por objeto establecer los temas prioritarios que se estudian y analizan durante una Legislatura. 2. En la conformación de la Agenda Legislativa, los Presidentes de los Grupos Parlamentarios, Representaciones Parlamentarias y diputados sin partido, entregan a la Junta de Coordinación Política sus propuestas de temas legislativos prioritarios para integrar la agenda y presentarla a la Asamblea para su aprobación. 3. El proceso de planeación institucional se regula en el reglamento de esta ley.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.