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Artículo 21

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Segundo. PREPARACIÓN, INSTALACIÓN Y CLAUSURA DE LA LEGISLATURA › Capítulo IV. Planeación institucional del Poder Legislativo

1. El Plan Institucional del Poder Legislativo es el instrumento rector que contiene las estrategias de corto y mediano plazo para el mejoramiento de la actividad legislativa y la gestión administrativa del Congreso del Estado. 2. El Plan Institucional sólo se actualiza o modifica en virtud de consideraciones justificadas del propio Poder Legislativo. 3. Las definiciones del Plan Institucional deben reflejarse en la planeación del Presupuesto de Egresos del Congreso del Estado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.