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Artículo 19

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Segundo. PREPARACIÓN, INSTALACIÓN Y CLAUSURA DE LA LEGISLATURA › Capítulo III. Informe de la Legislatura

1. El Congreso del Estado a través de su Presidente, rinde el 31 de octubre de cada año, en sesión solemne, a la que se invita al Gobernador del Estado y al representante del Poder Judicial del Estado, el informe anual de actividades de la Legislatura. Dicha sesión se celebra conforme al siguiente orden del día:

I. Se registra la asistencia de los diputados y las diputadas presentes, y en su caso se declara la existencia de quórum;

II. Se realizan honores a las Banderas Nacional y del Estado, y se entonan los Himnos Nacional y del Estado;

III. Los Grupos y Representaciones Parlamentarias que integran el Congreso del Estado establecen su posición política, respecto al informe del año legislativo; y IV. El Presidente de la Mesa Directiva da lectura a un resumen institucional relativo al informe de actividades correspondiente al año legislativo; el informe debe contener por lo menos la inclusión de los informes de cada una de las comisiones legislativas, de los trabajos realizados durante el año legislativo del que se informa, así como de la Secretaria General y los órganos técnicos auxiliares.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.