El Supremo Tribunal de Justicia del Estado tendrá un Presidente, que durará en su cargo dos años y podrá ser reelecto por una sola vez para el periodo inmediato.
La Presidencia de las salas será rotatoria por designación entre las y los magistrados que la integren, lo que comunicarán al Pleno al inicio del año judicial para su sanción. 20 A. El procedimiento para la elección y evaluación de los magistrados, se sujetará a lo previsto en la Constitución Política del Estado de Jalisco, esta Ley, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento.