El Comité de Planeación del Poder Judicial estará integrado de la siguiente forma:
I. El Presidente del Supremo Tribunal de Justicia;
II. Un magistrado del Supremo Tribunal de Justicia electo por el Pleno; y III. Un consejero ciudadano del Consejo de la Judicatura.
El comité sesionará con la presencia de todos sus integrantes y sus decisiones se aprobarán por mayoría simple de votos.
En caso de ausencia de alguno del integrante señalado en la fracción I, deberá acudir el suplente por Ministerio de Ley, y en caso de ausencia de los integrantes indicados en las fracciones II y III deberán ser suplidos por los que designen los Plenos respectivos.