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Artículo 54

Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Red de Centros de Justicia para las Mujeres· Título Cuarto. De la participación ciudadana y la gobernanza › Capítulo Segundo. De la Asamblea Participativa

La Presidencia y la Secretaría Técnica de la Junta de Gobierno deberán presentar a la Asamblea Participativa el Programa Anual Estratégico de Trabajo de la Red CJM, su presupuesto anual y el informe anual sobre los avances e implementación de las políticas, planes, programas y estrategias, en los términos que fije el Reglamento de esta Ley.

Los cargos en la Asamblea Participativa serán honoríficos y, por tanto, no remunerados.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.