La Junta de Gobierno y la Coordinadora General de la Red CJM priorizarán é implementarán el Servicio Profesional de Carrera entre el personal técnico, administrativo y operativo, a excepción del personal de confianza y directivo, para fomentar la profesionalización del personal y continuidad de políticas y programas implementados.
El Servicio Profesional de Carrera estará regulado en los términos que se especifiquen en el Reglamento Interno de la presente Ley y en lo dispuesto en la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios. 15