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Artículo 4

Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo del Estado de Jalisco· Capítulo I. Disposiciones Generales

El “Escudo Urbano C5” tiene a su cargo la captación de información integral para la toma de decisiones en las materias de protección civil, procuración de justicia, seguridad pública, urgencias médicas, movilidad, medio ambiente, servicios a la comunidad, emergencias y desastres, mediante la integración y análisis de información captada a través de su sala de video monitoreo, de la utilización de herramientas tecnológicas, bases de datos o cualquier servicio, sistema o equipo de telecomunicación y de geolocalización de que disponga, así como de la vinculación con los órganos de Gobierno Local, Federal, Estatal o Municipal e instituciones y organismos privados.

Las atribuciones relativas a las materias de su competencia, se entienden en los conceptos y amplitud que son propios de una instancia de coordinación en materia de seguridad pública ante las dependencias y entidades de las tres niveles de gobierno de la administración pública y señalados en la Constitución Federal y sus leyes reglamentarias, en la Constitución del Estado, en las leyes sustantivas y adjetivas en las que se contemple su intervención, así como en los términos específicos establecidos en la Ley.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.