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Artículo 27

Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo del Estado de Jalisco· Capítulo VI. De las Unidades Administrativas

Al frente de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones habrá un titular, a quien le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

I. Desarrollar y dar mantenimiento a los sistemas de comunicación de voz, radiocomunicaciones, video y datos a través de las redes internas y externas;

II. Coordinar el soporte técnico de los sistemas de tecnologías de información y comunicaciones del Escudo Urbano C5 y de los Centros de Atención de Emergencias vinculados a esta Institución;

III. Administrar, mantener y asegurar los espacios físicos y lógicos como depositarios de datos masivos;

IV. Sistematizar, administrar y auditar los accesos a los bancos de datos del “Escudo Urbano C5”, contenidos en los depósitos de datos masivos;

V. Analizar, crear, implantar y controlar los aplicativos generados en el área de desarrollo para tener acceso a los bancos de datos y otras aplicaciones específicas;

VI. Administrar, soportar y controlar los equipos de cómputo del “Escudo Urbano C5”;

VII. Asegurar el almacenamiento, la disponibilidad y confidencialidad de las comunicaciones de voz, radiocomunicación, video y datos captados por medio de los servicios y la infraestructura tecnológica del Escudo Urbano C5 para el necesario intercambio de información;

VIII. Administrar, propiciar y dirigir las acciones para la innovación, desarrollo e implementación de los sistemas de tecnologías de información y comunicaciones del Escudo Urbano C5 y de los Centros de Atención de Emergencias vinculados al Escudo Urbano C5;

IX. Desarrollar, implementar y controlar los planes para evitar desastres en todos los sistemas que sean susceptibles de falla;

X. Respaldar y mantener en línea la información en materia de seguridad pública, depositada en servidores de producción ubicados físicamente en centrales de Informática;

XI. Controlar las directrices en materia de seguridad lógica entre las redes de comunicación de voz y datos existentes;

XII. Supervisar técnicamente la instalación de la red de voz y datos del “Escudo Urbano C5”;

XIII. Mantener actualizada la tecnología así como los software, ya sea adquiridos o de desarrollo propio;

XIV. Coordinar, diseñar y auditar la estrategia en materia de ciberseguridad identificando vulnerabilidades y riesgos que comprometan la operación, activos digitales o comunicaciones del Escudo Urbano C5;

XV. Asegurar la continuidad tecnológica de la operación del Escudo Urbano C5, y de los Centros de Atención de Emergencias vinculados a este, manteniendo un plan de recuperación en casos de desastre, así como la respuesta a incidentes ante una eventual falla o amenaza tecnológica que ponga en riesgo sus sistemas de información y radiocomunicaciones; 17 XVI. Cumplir con los lineamientos y disposiciones en el manejo de información y protección de datos personales de Centros de Atención de Emergencias vinculados al Escudo Urbano C5;

XVII. Contribuir con apoyos técnicos en materia de uso y adquisición de tecnologías de la información con las diferentes áreas del Escudo Urbano C5, dependencias, entidades y organismos privados en materia de atención a emergencias;

XVIII. Emitir opinión técnica de proyectos tecnológicos en convenios celebrados entre dependencias, entidades, organismos privados y el Escudo Urbano C5; y XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales, reglamentarias y el Director General.

Para el desarrollo de esas atribuciones, contará con las siguientes áreas:

I. Subdirección de Soporte: a) Jefatura de Unidad Departamental de Operación y Seguridad Lógica; y b) Jefatura de Unidad Departamental de Operación de Servidores, Almacenamiento y de la Red.

II. Subdirección de Sistemas: a) Jefatura de Unidad Departamental de Integración y Administración de Bases de Datos; y b) Jefatura de Unidad Departamental de Sistemas de Operaciones y Mesa de Ayuda.

III. Subdirección de Comunicaciones: a) Jefatura de Unidad Departamental de Redes Locales y Externas; y b) Jefatura de Unidad Departamental de Almacenamiento de Voz y Última Milla.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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