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Artículo 8

Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Agencia Integral de Regulación de Emisiones· Título Segundo. DE LA AGENCIA › Capítulo I. ATRIBUCIONES › Sección Primera. De la Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno, es el máximo órgano de gobierno de la Agencia y se integra por los siguientes miembros titulares y sus respectivos suplentes:

I. Un Presidente que será el Titular del Poder Ejecutivo del Estado o el funcionario público que éste designe;

II. Los vocales, que serán los titulares de las dependencias que se expresan a continuación o a quien éstos designen: a) Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial; b) Secretaría de la Hacienda Pública; c) Secretaría del Transporte; d) Secretaría de Seguridad; e) Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente; f) Instituto Metropolitano de Planeación del Área Metropolitana de Guadalajara; g) Contraloría del Estado; y h) Organismo de la Sociedad Civil.

III. Un Secretario Técnico, que será el Director General del Organismo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.