El personal del Instituto gozará de la seguridad que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social o, en su caso, de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, sin perjuicio de que se brinde otro tipo de servicio médico y de seguridad.
Artículo 50
Ley Orgánica del Instituto Tecnológico José Molina Pasquel y Henríquez· Título Tercero. DEL PERSONAL ACADÉMICO Y ADMINISTRATIVO › Capítulo I. Del Personal del Instituto
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