El reconocimiento y la revalidación de estudios en los títulos, grados y calidades similares a los que expide el Instituto, se realizarán conforme a esta Ley y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo 44
Ley Orgánica del Instituto Tecnológico José Molina Pasquel y Henríquez· Título Segundo. DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA › Capítulo I. De los Programas Educativos
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