Las sesiones de la Junta de Gobierno son ordinarias y extraordinarias. La Junta de Gobierno sesionará ordinariamente, al menos cuatro veces por año y de forma extraordinaria cuantas veces sea necesario.
La Junta de Gobierno podrá sesionar válidamente a distancia por video conferencia y/o con algunos de sus miembros de los Junta de Gobierno de forma presencial, se realizará empleando medios telemáticos, electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología, que permita, por lo menos: a) La identificación visual plena de sus integrantes; b) La interacción e intercomunicación, en tiempo real, para propiciar la correcta deliberación de las ideas y asuntos; c) Dejar registro audiovisual de la sesión, votaciones y sus acuerdos; y d) En las sesiones en que la totalidad de los participantes sea empleando medios telemáticos, el registro de asistencia y votaciones será nominalmente.
En las sesiones a distancia, el Instituto deberá garantizar que la herramienta digital implementada cuente con la debida seguridad en el desarrollo de la sesión no presencial, a fin de evitar cualquier intervención externa que ponga en riesgo la transmisión o difusión de la sesión o de su contenido.