Los integrantes de la Junta de Gobierno tienen las obligaciones siguientes:
I. Concurrir a las sesiones de la Junta de Gobierno;
II. Presentar a la Junta de Gobierno, los estudios y dictámenes que les fueran encomendados, dentro del plazo establecido en el reglamento, para su discusión y en su caso aprobación;
III. Enviar al Director General del Instituto, las resoluciones que hubieren sido aprobadas, a fin de que ésta proceda a su cumplimiento y ejecución;
IV. Adoptar todas aquellas medidas que resulten convenientes para el logro de los objetivos del Instituto; y V. Informar sobre los proyectos y las decisiones que sean tomados en la Junta de Gobierno.