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Artículo 3

Ley Orgánica del Instituto Cultural Cabañas· Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

Para los efectos del presente ordenamiento se entiende por:

I. Casa-taller José Clemente Orozco: El inmueble ubicado en Aurelio Aceves número 27, colonia Arcos Vallarta, Guadalajara, Jalisco, propiedad del Gobierno del Estado de Jalisco;

II. Consejo Consultivo: Es el órgano colegiado de apoyo al Organismo, integrado por las personas que cuentan con experiencia y reconocimiento en el campo materia de la presente ley, para emitir opinión profesional, y que realizan funciones de asesoría al Titular del Organismo y/o a la Junta de Gobierno, para la toma de decisiones operativas que afecten el cumplimiento del objeto y fines del Organismo, así como para aprovechamiento óptimo de los recursos;

III. Dirección General: La Dirección General del Instituto Cultural Cabañas;

IV. Instituto: El Instituto Cultural Cabañas;

V. Junta de Gobierno: La Junta de Gobierno del Instituto Cultural Cabañas;

VI. Ley: La Ley Orgánica del Instituto Cultural Cabañas;

VII. Patronato: El patronato del Instituto Cultural Cabañas; y VIII. Secretaría de Cultura: La Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Jalisco. 1

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.