El Instituto contará con un Consejo Consultivo, integrado por cinco personas que cuentan con experiencia y reconocimiento en la materia, que será el órgano auxiliar y de asesoría del organismo, el cual quedará integrado a invitación de la Junta de Gobierno y tendrá las siguientes funciones:
I. Proveer asesoría y consultoría sobre el diseño de programas y acciones que le sean presentado por la Dirección General;
II. Opinar sobre los objetivos de las exposiciones trazadas del Instituto, con el fin de que sean acordes con la misión y los objetivos de la institución;
III. Analizar, proponer y asesorar a la Junta de Gobierno sobre los objetivos y políticas para el cumplimiento del objeto del Organismo;
IV. Asesorar en la investigación, estudio, difusión y conservación de las colecciones artísticas del Instituto; 9 V. Realizar diagnósticos, estudios y formular propuestas o recomendaciones acerca del funcionamiento del Organismo;
VI. Emitir opinión acerca de: a) La aceptación o rechazo de donaciones que se pretendan efectuar a favor del Organismo; y b) Los proyectos que incluyan en el presupuesto de egresos del Organismo;
VII. Las demás que establezcan los ordenamientos jurídicos aplicables.
El cargo de miembro del Consejo Consultivo será honorífico, y durará tres años, pudiendo ser ratificado por un periodo igual.
El Consejo Consultivo sesionará en forma ordinaria y extraordinaria. Celebrará tres sesiones ordinarias en el año y las extraordinarias que sean necesarias, previa convocatoria de la Dirección General, conforme a las disposiciones establecidas para las sesiones de la Junta de Gobierno.