Lo no contemplado en esta Ley respecto al funcionamiento de los Órganos Colegiados del Colegio, como sus tiempos y formalidades para llevar a cabo sus sesiones ordinarias y extraordinarias, se establecerán en sus respectivos reglamentos.
Artículo 29
Ley Orgánica del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Jalisco· Capítulo III. De los Órganos del Colegio › Sección Octava. De los Órganos Colegiados del Colegio
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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