La Dirección de Cultura Popular y Artística tendrá a su cargo la Escuela de Bellas Artes, la Escuela de Artes y Oficios y demás centros de Cultura Popular que se establezcan.
Artículo 9
Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada)· Título Segundo. Dirección de Cultura Popular y Artística › Capítulo Único
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.