Los Centros Prenatales serán atendidos por un personal de especialistas, que contará con médicos, profesores de obstetricia y maestros y se establecerán preferentemente en todos aquellos lugares donde exista un Centro de Higiene Rural dependiente de los Servicios de Salubridad del Estado.
Artículo 31
Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada)· Título Cuarto. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA, ESPECIAL Y NORMAL › Capítulo IV. Instituciones de Educación Pre-Natal
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