Son atribuciones y obligaciones del Consejo:
I. Formular el reglamento general de la escuela y el plan de trabajo de la misma, para someterlos a la aprobación del Consejo Técnico Consultivo de la Dirección de Educación, sin cuyo requisito no entrarán en vigor;
II. Considerar los proyectos e iniciativas que sean sometidos a su estudio;
III. Promover cuanto tienda al mejoramiento técnico, administrativo y disciplinario de la Escuela;
IV. Discutir y aprobar en su caso, los programas de cada una de las materias; y V. Las demás que señale el reglamento respectivo.