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Artículo 40

Ley Orgánica de la Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara· Capítulo Séptimo. Del Patronato

El Patronato de la Universidad tendrá como finalidad apoyar a la Institución en la obtención de recursos financieros adicionales, para la óptima realización de sus funciones y se integrará por:

I. El Rector de la Universidad;

II. Tres representantes del sector social; y III. Tres representantes del sector productivo.

Los representantes de los sectores social y productivo serán designados a invitación de la Junta Directiva. 10 Su presidencia se ejercerá de manera rotativa cada dos años entre sus integrantes, iniciando por el Rector. El cargo de miembro del Patronato será honorífico.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.