Las personas titulares de las Coordinaciones de las Sedes o Unidades Académicas que, en su caso, se establezcan, tendrán a su cargo la administración, coordinación y supervisión de las funciones sustantivas y adjetivas de las mismas, de conformidad con la reglamentación que al efecto expida la Junta de Gobierno.
Artículo 23
Ley Orgánica de la Universidad Intercultural de Jalisco· Capítulo III. De la Organización Académica y Administrativa › Sección Tercera. De la Estructura Administrativa, Técnica y de Operación
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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