Los consejos de escuela serán los órganos principales de gobierno de estas dependencias.
Los consejos de escuela se integrarán por:
I. El Director de la Escuela, como Presidente;
II. El Secretario de la Escuela, como Secretario de Actas y Acuerdos;
III. Seis representantes académicos de la escuela, y IV. Tres alumnos de la escuela.