El Consejo de Rectores es el órgano de planeación y coordinación de los centros universitarios y sistemas de la red.
Se integrará por:
I. El Rector General, quien la convoca y preside;
II. El Vicerrector Ejecutivo; 18 III. El Secretario General;
IV. Los rectores de los centros universitarios; y V. El Director General de Educación Media Superior.