Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría, en coordinación con los gobiernos municipales:
I. Convocará a las organizaciones obreras, empresariales, de campesinos y productores agropecuarios, pesqueros y forestales, a las comunidades, pueblos indígenas e instituciones educativas, a las organizaciones sociales no lucrativas, y sociedad en general, para que manifiesten su opinión y propuestas;
II. Celebrará convenios de concertación con organizaciones obreras y grupos de la sociedad en general, para la ejecución de acciones en materia de prevención y control de la contaminación en los lugares de trabajo y espacios habitacionales; con los pueblos indígenas, comunidades agrarias y organizaciones campesinas en general, para el establecimiento, administración y aprovechamiento de áreas naturales protegidas y para brindarles asesoría en las actividades relacionadas con el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; con organizaciones empresariales, con el propósito de mejorar el desempeño ambiental de las industrias; con instituciones educativas y académicas, para la realización de estudios e investigaciones en la materia; con organizaciones civiles e instituciones privadas no lucrativas, para emprender acciones ambientales conjuntas; y con representaciones sociales y particulares interesados, para la realización de acciones, obras y servicios que tiendan a la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
III. Promoverá la celebración de convenios con los diversos medios de comunicación masiva, para la difusión, información y promoción de acciones ambientales. Para estos efectos, se buscará la participación de artistas, intelectuales, científicos y, en general, de personalidades cuyos conocimientos y ejemplo, contribuyan a formar y orientar a la opinión pública;
IV. Promoverá el establecimiento de reconocimientos y estímulos a quienes hayan realizado los esfuerzos más destacados de la sociedad para preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger al ambiente;
V. Impulsará el fortalecimiento de la conciencia ambiental, a través de la realización de acciones conjuntas con la comunidad para la preservación y mejoramiento al ambiente, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la correcta operación de los sistemas de recolección, almacenamiento, transporte, alojamiento, reuso, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos, celebrando para ello, el gobierno del estado y los gobiernos municipales correspondientes, 49 convenios de concertación con comunidades urbanas y rurales, así como con diversas organizaciones empresariales, obreras, campesinas y sociales de la entidad; y VI. Concertará acciones e inversiones económicas con los sectores, social y privados y con las instituciones académicas y organizaciones sociales, pueblos indígenas y comunidades rurales, y demás personas físicas o morales interesadas, para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.