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Artículo 43

Ley Electoral (1987) (Electorales, abrogada)· Título Quinto. Organismos y Procesos Electorales › Capítulo I. Disposiciones Generales

Los organismos que tienen a su cargo la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral son los siguientes:

I. El Consejo Electoral del Estado;

II. Las Comisiones Distritales Electorales;

III. Las Comisiones Municipales Electorales; y IV. Las Mesas Directivas de Casilla.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.