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Artículo 21

Ley Electoral (1851) (Electorales, abrogada)

Si la resolución fuere que se debe dar la boleta, se extenderá en estos términos: -“Se declara que el C. N. tiene derecho de votar.” Se tomará en la misma boleta, razón del nombre y ejercicio del ciudadano, del punto donde vive y su certificación de guardia nacional.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.