Este decreto se comunicará al vice-gobernador del Estado por los secretarios del Congreso, a fin de que disponga lo conveniente para su impresión, circulación y cumplimiento.
Dado en Guadalajara, a 28 de Octubre de 1824.- Santiago Guzmán, diputado presidente.- José María Esteban Gil, diputado secretario.- Urbano Sanromán y Gómez, diputado secretario.
Y para que lo dispuesto en este soberano decreto tenga el más puntual y debido cumplimiento, mando se publique por bando y se circule a todos los pueblos del Estado. Dado en el Palacio del estado libre de Jalisco, a 29 de Octubre de 1824.- 4º. y 2º.- Juan Nepomuceno Cumplido.- Por mandado de S. E.- José Exiquio Castillo.
Nota: Tomado de la Colección de los Decretos, Circulares y Ordenes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Jalisco. 1ª. Serie. Tomo I. Guadalajara. Tipografía de M. Pérez Lete. 1874. pp.274-287.