Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 46

Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco· Título Tercero. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y POPULAR PARA LA GOBERNANZA › Capítulo IV. Referéndum

1. En los procesos de referéndum sólo pueden participar las y los ciudadanos residentes del Estado de Jalisco inscritos en la lista nominal de electores y que cuenten con credencial de elector vigente.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.