1. El acta de acuerdos correspondiente a los diálogos colaborativos, debe contener por lo menos lo siguiente:
I. Nombres de los ciudadanos que participaron;
II. Nombre y cargo de las personas representantes de la dependencia que participaron;
III. Puntos tratados; y 43 IV. Acuerdos tomados; 2. El acta de acuerdos se levanta en original y tres copias; se entrega una copia al representante común de los promoventes, otra a las o los representantes de la dependencia y otra más se remite a la Secretaría Ejecutiva. 3. El Consejo o Consejo Municipal, según corresponda, deberá anexar el acta de acuerdos original al expediente de la solicitud.