1. El patrimonio de la Secretaría Ejecutiva estará integrado por:
Los bienes que le sean transmitidos por el Gobierno Estatal para el desempeño de sus funciones;
Los recursos que le sean asignados anualmente en el Presupuesto de Egresos correspondiente; y Los demás bienes que, en su caso, le sean transferidos bajo cualquier otro título, siempre que sean indispensables para el ejercicio de sus funciones. 2. Las relaciones de trabajo entre la Secretaría Ejecutiva y sus trabajadores, se rigen por la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco. 3. La Secretaria Ejecutiva otorgará los recursos materiales y administrativos suficientes a los integrantes del Comité de Participación Social para el ejercicio de sus atribuciones.