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Artículo 22

Ley del Servicio Estatal Tributario de Jalisco· Capítulo VII. De los Recursos Humanos y del Servicio Fiscal de Carrera

Con el objetivo de elevar los niveles de eficacia y eficiencia en el Servicio Estatal Tributario de Jalisco y asegurar la profesionalización, especialización y desarrollo de sus servidores públicos, así como dar continuidad a programas, planes y metas, se habrá de implementar el Servicio Fiscal de Carrera en el mismo, garantizando el impulso al desarrollo de la función tributaria.

La persona titular del Servicio Estatal Tributario de Jalisco, analizará los avances y resultados de los Programas de Capacitación y Desarrollo Profesional, y promoverá ante la Junta de Gobierno las modificaciones necesarias en la búsqueda de mejorar el Servicio Fiscal de Carrera en el mismo que permita el desarrollo en el Estado de la cultura contributiva y la recaudación.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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