El personal del Servicio Estatal Tributario de Jalisco se regirá por los principios siguientes:
I. Igualdad de oportunidades para el ingreso y la promoción en el servicio, con base en la experiencia, desempeño, aptitudes, conocimientos y capacidades de las personas funcionarias fiscales. Para ello, estos procesos se realizarán con base en concursos de oposición y la evaluación de los elementos mencionados;
II. Especialización y profesionalización en cada actividad, conforme a un catálogo de puestos específicos, en el que se determine la naturaleza, funciones, adscripción, requisitos, salario y prestaciones de cada puesto;
III. Retribuciones y prestaciones vinculadas a la productividad que sean suficientes para asegurar al Servicio Estatal Tributario de Jalisco la contratación de los mejores personas funcionarias fiscales, en los términos que se establezcan en el Estatuto del Servicio Fiscal de Carrera;
IV. Capacitación y desarrollo integral de carácter obligatorio y permanente, relacionados con la actividad sustantiva del Servicio Estatal Tributario de Jalisco y la promoción de las personas funcionarias fiscales, a fin de asegurar la eficiencia en la prestación de los servicios; y 8 V. Integridad, responsabilidad y conducta adecuada de las personas funcionarias fiscales, con base en el conjunto de lineamientos de ética que el propio Servicio Estatal Tributario de Jalisco establezca.