Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 114

Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco· Título Primero. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO › Capítulo Duodécimo. De las Generalidades de la Tramitación de los Actos Regulativos y Constitutivos

En los procedimientos administrativos se admiten toda clase de pruebas, excepto la confesional a cargo de la autoridad y las que sean contrarias a la moral, al derecho o las buenas costumbres.

Contra la resolución que desecha alguna prueba, no procede recurso alguno, sin perjuicio de que esta circunstancia pueda alegarse al impugnarse la resolución administrativa.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.