Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 98

Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco· Título Cuarto. DE LA CONTABILIDAD › Capítulo III. De la Cuenta Pública

Si del examen que en los términos del artículo anterior realice la Auditoría Superior del Estado, aparecieran discrepancias y variaciones entre las cantidades autorizadas al gasto con las realizadas, o bien, no existiera exactitud ni justificación tanto en los gastos que se efectuaron, como en los ingresos que se recibieron o debieron exigir, además de cualquier otra discrepancia que a juicio del citado órgano de revisión y control del Congreso del Estado, y de acuerdo a la ley se justifique, se determinarán los procedimientos o responsabilidades conducentes en los términos de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Jalisco y sus municipios.

Todo lo establecido en el presente Título será aplicable en cuanto no se contraponga a la LGCG y demás normatividad emitida por el CONAC, asimismo en lo no contemplado, se aplicarán de manera supletoria las disposiciones mencionadas.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.