Las previsiones de Egresos a que se refiere el artículo 37 de esta Ley, se clasificarán separadamente por unidades presupuestales. En consecuencia las previsiones del sector paraestatal quedarán incluidas en la unidad especial correspondiente a su coordinadora de sector, o en unidad especial, si no están sectorizadas.
Artículo 40
Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco· Título Segundo. DEL PRESUPUESTO › Capítulo IV. De la Estructura del Presupuesto
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 37
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.