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Artículo 20

Ley de Turismo para el Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Tercero. DE LA PLANEACIÓN EN EL SECTOR TURÍSTICO › Capítulo IV. INTEGRACIÓN REGIONAL DE LOS SECTORES PRODUCTIVOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS AL SECTOR TURÍSTICO

La Secretaría promoverá la integración regional de los sectores productivos y de prestación de servicios a la actividad turística, con la finalidad de generar cadenas productivas.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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