Cuidados Paliativos. Autoridades 1. La Secretaría de Salud, a través del Instituto Jalisciense de Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos, y demás autoridades en el Estado en materia de salud, será la responsable de evitar, suprimir o paliar el dolor innecesario y evitable a los enfermos en el Estado, así como de elaborar y desarrollar programas de capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud en materia de prevención y control del dolor y medicina paliativa. 2. El Instituto Jalisciense de Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos, cómo unidad de investigación, capacitación y servicio del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, cuenta con autonomía técnica y operativa en el ejercicio de las funciones que le sean otorgadas por esta Ley y las demás disposiciones aplicables.
Artículo 56
Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD › Capítulo V. DE LOS CUIDADOS PALIATIVOS
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